«El Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago resolvió que los hechos que dieron muerte a Lissette Villa sí constituyen un delito». De este modo, el tribunal descartó dar lugar a la solicitud de sobreseimiento definitivo planteada por la defensa de una de las educadoras que intervino directamente en los hechos que derivaron en la muerte de Lissette Villa Poblete, en abril de 2016.

Pese a ello, a las otras dos educadoras, cuyo sobreseimiento fue aprobado hoy, la Fiscalía las imputó por hechos ocurrido un año antes de la muerte de Lissette, en abril de 2015, cuando la inmovilizaron utilizando maniobras consistentes en sujetarla violentamente, envolviéndola en una frazada durante varios minutos.

Al respecto el fiscal Sambuceti consignó que «no estamos de acuerdo con la resolución del juzgado de Garantía en ese aspecto y teniendo presente aquello deduciremos un recurso de apelación para que la Corte de Apelaciones de Santiago conozca estos mismos antecedentes y pueda pronunciarse esta vez respecto del fondo del asunto en el sentido de que sí hay un delito».